¿Qué es un seguro de Responsabilidad Civil?. De acuerdo con el artículo 1902 del Código Civil:

“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo por culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”

Por tanto, este seguro viene a amparar los daños que usted pueda ocasionar a otra persona durante el uso de su bicicleta o practicando senderismo, incluyendo la defensa jurídica que usted necesitará para defender su interés ante una supuesta demanda interpuesta por un tercero, y cuyo origen se derive de causa directa de un siniestro amparado por dicha póliza.

Seguro de Responsabilidad Civil RC - Compañía de seguros W. R. Barckley.
Nº de póliza 2007161
Suma asegurada de: 1.200.000€ con un sublímite por víctima de 350.000 €.
Franquicia de 150 € en daños materiales a terceros que no pertenezcan a la FECT.

Esta póliza tiene una suma asegurada de: 1.200.000 € con un sub límite por víctima de 350.000 € y una franquicia de 150 € solo para daños materiales a terceros que no pertenezcan a la FECT.
Daños materiales no incluidos entre miembros de la FECT.

Es importante destacar que los seguros de Responsabilidad Civil, dan cobertura frente a terceros, es decir nunca cubren los propios daños sufridos por el asegurado. Estos seguros son para proteger sus intereses y pagar las posibles indemnizaciones de las que usted sea civilmente responsable.

Ejemplo
Usted mientras practica el cicloturismo atropella de forma accidental a un peatón, y este sufre daños personales y/o materiales. El seguro de Responsabilidad Civil se hará cargo (una vez demostrada su responsabilidad en el accidente) de los gastos que el perjudicado reclamara de forma justificada, siempre que dichos gastos (para daños materiales) superen los 150 € de franquicia y no pertenezca a la FECT. Es decir, hasta los 150 € será el afiliado quien corra con esos gastos y, a partir de 151 € en adelante, será la compañía quien cubrirá el resto.
En el caso de que el perjudicado decidiese reclamar por vía judicial, la compañía se haría cargo de su defensa.
Deberá solicitar la presencia de la autoridad competente en función de la zona en la que se haya producido el incicidente para que levante el correspondiente atestado y poder así proceder con el parte del accidente a nuestros agentes de seguros.

¿Cómo actuar en caso de siniestro de R.C.?

Si usted se ve implicado y es el responsable de un siniestro, por el cual usted estima que va a recibir una reclamación del tercero o terceros perjudicados, lo primero que tiene que hacer es solicitar la presencia de la autoridad competente de la zona en la que está para que levante un atestado. Después debe de poner en conocimiento este hecho de forma inmediata a nuestros corredores de seguros: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , enviando sus datos de afiliado, atestado policial y una descripción lo más detallada posible de lo ocurrido. Nuestros agentes ya coordinaran con usted y con la compañía todos los pasos necesarios para llevar a buen término el siniestro.

Consultar / descargar póliza

Responsabilidad civil